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Flexibilizaciones y aperturas progresivas vigentes

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Las nuevas disposiciones sanitarias del Gobierno Nacional en el contexto de la pandemia de coronavirus comenzó a regir a partir del sábado 7 de agosto, con su oficialización en el Boletín Oficial, e incluyen la flexibilización de actividades recreativas y encuentros sociales así como el aumento del ingreso de pasajeros diarios, en el marco del plan de aperturas progresivas anunciado por el presidente Alberto Fernández.

Las medidas quedaron oficializadas a través del DNU 494/2021 publicado en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Alberto Fernández y la totalidad de los ministros del Gabinete; y de la Decisión Administrativa 793/2021, firmada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.

El nuevo DNU abandona el esquema de semáforo epidemiológico y mantiene únicamente la categoría de alarma epidemiológica y sanitaria para aglomerados, departamentos o partidos de más de 300.000 habitantes, en donde la ocupación de camas UTI supere el 80% y la variación porcentual del número de pacientes internados de los últimos 7 días, respecto de los 7 anteriores sea superior al 20%.

Actividades recreativas y encuentros sociales

Se permite la práctica de “deportes, eventos sociales, culturales, recreativos y religiosos en espacios cerrados”; como así también los “cines, teatros, clubes, locales gastronómicos, centros culturales, gimnasios, casinos y bingos, con un aforo del 70 por ciento”.

Centros de día y clubes de adultos mayores

Habilitación de la asistencia a centros de día y clubes de adultos mayores con el mismo límite de aforo, siempre y cuando “todos los asistentes cuenten con el esquema completo de vacunación contra la Covid-19, y hayan transcurrido 14 días desde entonces”.

Reuniones en domicilios particulares

Ahora se pueden realizar con “hasta 10 personas si se hacen en espacios interiores, y de hasta 20 si se realizan al aire libre”.

Espacios abiertos

Autorización para la “realización de excursiones y actividades turísticas de acuerdo con los protocolos y normativa vigentes”, en transportes que permitan mantener “ventilación exterior adecuada de manera constante y cruzada”.

Reuniones y actividades en espacios públicos

Pueden ser de hasta 100 personas, aunque “la autoridad jurisdiccional podrá disminuir el aforo” establecido “según los parámetros epidemiológicos y sanitarios”.

Viajes en grupos

Realización de viajes en grupos “de hasta 10 personas para salidas recreativas, sociales y comerciales”, en tanto tengan como origen y destino aglomerados que “no sean considerados en Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria; que se realicen bajo los protocolos; que no incluyan pasajeros que hayan estado en el exterior durante los últimos 14 días o sean convivientes de quien revista tal condición; no hayan sido contacto estrecho de un caso confirmado de Covid-19 durante los 14 días previos al viaje, ni hayan tenido un diagnóstico positivo en el mismo período”.

Clases presenciales

Se mantendrán “dando efectivo cumplimiento a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico y condiciones establecidas en las resoluciones del Consejo Federal de Educación”.

Sector público

Prestación de servicios en el sector público bajo la modalidad presencial para los agentes de la administración pública nacional.

Eventos masivos suspendidos

Suspendidos en todo el país los eventos masivos, entendidos como todo acto, reunión o acontecimiento de carácter eventual, cuyo objeto sea artístico, musical, festivo o deportivo, capaz de producir una concentración mayor a 1.000 asistentes.

Viajes grupales prohibidos

Siguen prohibidos los viajes grupales de egresados, jubilados y jubiladas y de estudiantes o similares así como las actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 100 personas.

Lo mismo sucede en discotecas, salones de fiestas, bailes, o actividades similares.

Cierre de fronteras y cupo para el ingreso

Se oficializó también la prorroga del cierre de las fronteras hasta el 1 de octubre y amplió el cupo semanal a 11.900 plazas para el ingreso al país de argentinos residentes y extranjeros no residentes.

El cupo 11.900 plazas se determina hasta el 1 de septiembre y, después de esa fecha, se eleva a 16.100 plazas si se establecen nuevos corredores seguros aéreos.

Fuente: Agencia TELAM

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